lunes, 5 de septiembre de 2016

CONVENIO DE VIENA 1980: "CONTRATO DE COMPRA- VENTA INTERNACIONAL"

"En el nuevo juego de los negocios, los ganadores no son los mejores sino los que dominan el juego"


CONTRATO DE COMPRA- VENTA INTERNACIONAL

Art. 30 y 53 estipulan que el contrato de compra y venta es la entrega de mercancía a cambio de un pago.

1.  PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD 
  • AUTONOMÍA FORMAL: Se realiza el contrato de acuerdo a las partes.
  • AUTONOMÍA CONFLICTUAL: Ordenamiento jurídico que regula el contrato (se recorre a un tribunal y a un arbitraje).
2. MERCADERÍAS EXCLUIDAS
  • Uso domestico 
  • Subastas
  • Buques
  • Embarcación
  • Electricidad
  • Valores mobiliarios
3. OFERTAS
  • VÁLIDA: Escrita o verbal
  • ACEPTADA: Recibe la declaración
  • RECHAZADA: Cuando llega al oferente
4. OBLIGACIONES 
  •  OBLIGACIONES DEL VENDEDOR:
- Entregar las mercancías al comprador
- Entregar la documentación acreditada
- Conformidad de mercancía y pretensión de terceros 
- Derechos y acciones en caso de incumplimiento
  • OBLIGACIONES DEL COMPRADOR:
- Pagar el precio de la mercancía
- recepción de la mercancía
- Derechos y acciones en caso de incumplimiento
  • OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES
- Conservar la mercancía y la documentación
- Abonar los intereses

5. INCUMPLIMIENTOS
  • INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
- Fuerza mayor: Impedimento ajeno a su voluntad y imprevisto razonable en la firma del contrato.
- Incumplimiento de la otra parte: consecuencia directa de la acción de omisión.
  • TIPOS DE INCUMPLIMIENTOS
- ESENCIAL: Ruptura del contrato 
- NO ESENCIAL: El comprador puede exigir al vendedor la ejecución forzoso del contrato.


"MODELO DE LA CCI  DE CONTRATO Y COMPRA-VENTA INTERNACIONAL"






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