CHEQUE
INTERVENIENTES
DEFINICIÓN
Un cheque es un documento
utilizado como medio de pago por el cual una persona (el librador) ordena a una
entidad bancaria (el librado) que pague una determinada cantidad de dinero a
otra persona o empresa (el beneficiario o tenedor). El librador puede ser
también el beneficiario, como ocurre cuando uno utiliza un cheque para sacar
dinero de su propia cuenta.
MODALIDADES DE CHEQUE
CHEQUE PERSONAL
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Es aquel emitido contra la cuenta corriente de una persona
física o jurídica (empresa). A los titulares de cuentas corrientes se les
entrega un talonario personalizado con cheques impresos que pueden utilizar
como medio de pago, y en los que figuran:
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CHEQUE CONFORMADO
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Es una modalidad de cheque
personal en la que la entidad bancaria que ha de pagar (el librado) asegura que
hay fondos y que por tanto se pagará. Para garantizar la operación, la entidad
bancaria retiene ese importe de la cuenta del librador, además de la comisión
que habitualmente se cobre por ese servicio. La entidad anota en el cheque la
palabra conformado, certificado u otro término similar y lo firma.
Muchos acreedores exigen los
pagos con cheques conformados.
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CHEQUE BANCARIO
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Es aquel en el que el librador (el que firma el cheque) es
la propia entidad bancaria que debe pagarlo (el librado). No hace falta tener
una cuenta corriente en la entidad para comprar este servicio en caso de tener
que utilizarlo como medio de pago.
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CHEQUE CONTRA CUENTA
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Es aquel en el que el librado es el Banco de país.
Normalmente el librador es una entidad
de crédito. Estos dos últimos tipos, al igual que el cheque conformado,
refuerzan las garantías del documento.
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CHEQUE DE VENTANILLA
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También
llamado cheque de caja, es aquel expedido por una entidad bancaria a sus
propias dependencias. En realidad, no se trata de un medio de pago, sino de un
recibí. Es un documento que firma el cliente en prueba de que ha recibido
dinero en efectivo de su propia cuenta desde la ventanilla
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CHEQUE VIAJE
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Es el que se puede canjear por
dinero en efectivo y utilizar como medio de pago en casi todo el mundo. No está
relacionado con una cuenta corriente, sino que se paga como un servicio en el
momento de recibirlos. Los cheques de viaje son emitidos por entidades
bancarias y otros intermediarios financieros no bancarios de reconocida
presencia internacional, como VISA, American Express, MasterCard, etc., en
euros o en divisas (dólares, libras, yenes…). En caso de robo o pérdidas se
pueden sustituir, siempre que no hayan sido ya cobrados.
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FORMAS DE EMITIR EL CHEQUE
AL PORTEADOR
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Cualquier persona que presenta este tipo de cheque tiene
derecho a cobrarlo. Tenga mucho cuidado: si usted lo pierde y cualquiera lo
cobra, no podrá reclamar nada.
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NORMATIVO
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En este caso, sólo la persona o empresa cuyo nombre figura
en el cheque lo podrá cobrar.
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TRANSFERENCIA DERECHO DE COBRO
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Un tercero mediante lo que se
llama el “endoso”. Para endosar un cheque, el beneficiario escribe en el
documento el nombre de otra persona, quien pasa a ser el nuevo beneficiario, y
lo firma. Los cheques nominativos pueden incluir la cláusula “a la orden”, que
permite expresamente su endoso o la cláusula “no a la orden” que impide su
transmisión mediante endoso.
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CHEQUE CRUZADO
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Cruzamos un cheque cuando
dibujamos dos líneas diagonales
paralelas en su anverso. De este modo sólo puede ser cobrado en una determinada
entidad bancaria, para que ésta a su vez lo cobre en la entidad librada. Los cheques pueden
“cruzarse”, bien por el librador, bien por el tenedor.
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CHEQUE “PARA ABONAR EN CUENTA”
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Si un cheque lleva escrita la
expresión “abonar en cuenta” significa que el dinero no se podrá retirar en
efectivo, sino que tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se
hace para reducir el riesgo en caso de pérdida o robo.
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TRANSFERENCIAS
DEFINICIÓN
La transferencia u orden de pago internacional es el
medio de pago mediante el cual el comprador/importador ordena a su banco que
instruya a un segundo banco para que abone en la cuenta del beneficiario
(exportador/vendedor) una suma determinada, indicando el concepto por el cual
se efectúa el pago.
OPERATIVA
Esta operativa obliga a las entidades de crédito, al
igual que en el caso de los cheques bancarios, a mantener relaciones de cuenta
con bancos de otros países para proceder a canalizar sus transferencias.
Naturalmente, puede darse el caso de que el beneficiario/exportador
no mantuviera cuenta con el banco corresponsal del banco ordenante, sino en
otro banco. En este caso el banco corresponsal oficiará de intermediario.
El
envío de los fondos puede efectuarse:
- Vía postal.
- Vía telex.
- Vía SWIFT.
El sistema SWIFT es un medio de comunicación
exclusivamente bancario, basado en el envío y recepción de mensajes por medios
informáticos y estandarizados. Se utiliza tanto para la transferencia de fondos
como para el envío de mensajes. Funciona interrumpidamente las 24 horas del
día, todos los días de la semana, a través de dos grandes centros situados en
Amsterdam y Nueva York.
PAGO
SIMPLE
OPERATIVA
PAGO
DOCUMENTARIO
OPERATIVA
El pago de la orden estaría condicionado a que el
beneficiario (vendedor/exportador) aportara al banco intermediario determinados
documentos indicados en la propia orden de pago (factura comercial, documento
de transporte, etc).
Este medio de pago es de uso muy poco frecuente,
prácticamente nulo, en la operativa bancaria, ya que existen otros sistemas de
pago condicionados a la entrega de documentos, con un funcionamiento y unas
prestaciones superiores.
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