martes, 6 de septiembre de 2016

CHEQUE, TRANSFERENCIA Y PAGARE EN EL COMERCIO INTERNACIONAL




CHEQUE

INTERVENIENTES


DEFINICIÓN

Un cheque es un documento utilizado como medio de pago por el cual una persona (el librador) ordena a una entidad bancaria (el librado) que pague una determinada cantidad de dinero a otra persona o empresa (el beneficiario o tenedor). El librador puede ser también el beneficiario, como ocurre cuando uno utiliza un cheque para sacar dinero de su propia cuenta.

MODALIDADES DE CHEQUE

CHEQUE PERSONAL
Es aquel emitido contra la cuenta corriente de una persona física o jurídica (empresa). A los titulares de cuentas corrientes se les entrega un talonario personalizado con cheques impresos que pueden utilizar como medio de pago, y en los que figuran:
  • El número de cheque y código de identificación.
  • El Código Cuenta Cliente (CCC) que identifica la cuenta



CHEQUE CONFORMADO
Es una modalidad de cheque personal en la que la entidad bancaria que ha de pagar (el librado) asegura que hay fondos y que por tanto se pagará. Para garantizar la operación, la entidad bancaria retiene ese importe de la cuenta del librador, además de la comisión que habitualmente se cobre por ese servicio. La entidad anota en el cheque la palabra conformado, certificado u otro término similar y lo firma.

Muchos acreedores exigen los pagos con cheques conformados.
CHEQUE BANCARIO
Es aquel en el que el librador (el que firma el cheque) es la propia entidad bancaria que debe pagarlo (el librado). No hace falta tener una cuenta corriente en la entidad para comprar este servicio en caso de tener que utilizarlo como medio de pago.
CHEQUE CONTRA CUENTA
Es aquel en el que el librado es el Banco de país. Normalmente el librador es una   entidad de crédito. Estos dos últimos tipos, al igual que el cheque conformado, refuerzan las garantías del documento.

CHEQUE DE VENTANILLA
También llamado cheque de caja, es aquel expedido por una entidad bancaria a sus propias dependencias. En realidad, no se trata de un medio de pago, sino de un recibí. Es un documento que firma el cliente en prueba de que ha recibido dinero en efectivo de su propia cuenta desde la ventanilla
CHEQUE VIAJE
Es el que se puede canjear por dinero en efectivo y utilizar como medio de pago en casi todo el mundo. No está relacionado con una cuenta corriente, sino que se paga como un servicio en el momento de recibirlos. Los cheques de viaje son emitidos por entidades bancarias y otros intermediarios financieros no bancarios de reconocida presencia internacional, como VISA, American Express, MasterCard, etc., en euros o en divisas (dólares, libras, yenes…). En caso de robo o pérdidas se pueden sustituir, siempre que no hayan sido ya cobrados.



FORMAS DE EMITIR EL CHEQUE

AL PORTEADOR
Cualquier persona que presenta este tipo de cheque tiene derecho a cobrarlo. Tenga mucho cuidado: si usted lo pierde y cualquiera lo cobra, no podrá reclamar nada.
NORMATIVO
En este caso, sólo la persona o empresa cuyo nombre figura en el cheque lo podrá cobrar.
TRANSFERENCIA DERECHO DE COBRO
Un tercero mediante lo que se llama el “endoso”. Para endosar un cheque, el beneficiario escribe en el documento el nombre de otra persona, quien pasa a ser el nuevo beneficiario, y lo firma. Los cheques nominativos pueden incluir la cláusula “a la orden”, que permite expresamente su endoso o la cláusula “no a la orden” que impide su transmisión mediante endoso.
CHEQUE CRUZADO
Cruzamos un cheque cuando dibujamos   dos líneas diagonales paralelas en su anverso. De este modo sólo puede ser cobrado en una determinada entidad bancaria, para que ésta a su vez lo cobre   en la entidad librada. Los cheques pueden “cruzarse”, bien por el librador, bien por el tenedor.
CHEQUE “PARA ABONAR EN CUENTA”
Si un cheque lleva escrita la expresión “abonar en cuenta” significa que el dinero no se podrá retirar en efectivo, sino que tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se hace para reducir el riesgo en caso de pérdida o robo.

TRANSFERENCIAS

DEFINICIÓN
La transferencia u orden de pago internacional es el medio de pago mediante el cual el comprador/importador ordena a su banco que instruya a un segundo banco para que abone en la cuenta del beneficiario (exportador/vendedor) una suma determinada, indicando el concepto por el cual se efectúa el pago.

OPERATIVA

Esta operativa obliga a las entidades de crédito, al igual que en el caso de los cheques bancarios, a mantener relaciones de cuenta con bancos de otros países para proceder a canalizar sus transferencias.
Naturalmente, puede darse el caso de que el beneficiario/exportador no mantuviera cuenta con el banco corresponsal del banco ordenante, sino en otro banco. En este caso el banco corresponsal oficiará de intermediario.

El envío de los fondos puede efectuarse:
  • Vía postal.
  • Vía telex.
  • Vía SWIFT.

El sistema SWIFT es un medio de comunicación exclusivamente bancario, basado en el envío y recepción de mensajes por medios informáticos y estandarizados. Se utiliza tanto para la transferencia de fondos como para el envío de mensajes. Funciona interrumpidamente las 24 horas del día, todos los días de la semana, a través de dos grandes centros situados en Amsterdam y Nueva York.

PAGO SIMPLE
OPERATIVA



PAGO DOCUMENTARIO
OPERATIVA

El pago de la orden estaría condicionado a que el beneficiario (vendedor/exportador) aportara al banco intermediario determinados documentos indicados en la propia orden de pago (factura comercial, documento de transporte, etc).
Este medio de pago es de uso muy poco frecuente, prácticamente nulo, en la operativa bancaria, ya que existen otros sistemas de pago condicionados a la entrega de documentos, con un funcionamiento y unas prestaciones superiores.






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